Existen muchas maneras de acceder a la música en el entorno actual. La música está en todas partes, pero quizá no sea tan accesible como parece desde el punto de vista legal. Como líder de su iglesia, usted sabe que el ministerio de la música es imperativo para facilitar un servicio animado y robusto, marcar la pauta de la adoración y ayudar en las transiciones durante el servicio. Sin embargo, más allá de todos estos aspectos, deben tomarse medidas para garantizar que la música que utilizamos respete los derechos de los músicos y no infrinja las leyes de derechos de autor.
Una de las preocupaciones con respecto a la distribución y ejecución de la música son las leyes de derechos de autor. Aunque las iglesias tienen una exención religiosa limitada para el material protegido por derechos de autor que se utiliza durante los «servicios en un lugar de culto u otra asamblea religiosa», según la sección 110 del título 17 del Código de los Estados Unidos, las iglesias pueden infringir la ley de derechos de autor, especialmente en lo que se refiere a la concesión de licencias de música.La exención religiosa le permite tocar canciones, recitar poemas y cantar himnos durante el servicio sin adquirir licencias de música. Tenga en cuenta que, si tiene un evento que no corresponde a un servicio de culto religioso, esta exención no se aplica, y las licencias pueden ser necesarias. Obtener licencias de música puede ser complicado, y es importante saber cuándo se necesitan.
Cuándo solicitar licencias de derechos de autor
- Cuando se copian y distribuyen letras de canciones o partituras, incluso durante los servicios religiosos. Los himnarios cumplen con la ley de derechos de autor, ya que el costo de la licencia de las letras y las partituras está incluido en el costo del himnario. Sin embargo, la mayoría de los himnarios no autorizan a la iglesia a copiar la letra en diapositivas de proyector o a hacer fotocopias de las páginas del himnario.
- Cuando se toca o interpreta música fuera de la iglesia o más allá de los servicios religiosos. La exención religiosa se aplica a la música interpretada durante los servicios religiosos. Sin embargo, para las actividades después de la iglesia, como pícnics, excursiones o banquetes, los ministerios deben cumplir con las mismas reglas de derechos de autor que otras organizaciones. Es decir que, en esas ocasiones, debe obtener autorización antes de tocar o interpretar música sujeta a derechos de autor. [1]
- Cuando se transmiten o proyectan en pantalla letras de música sujeta a derechos de autor o se difunde material protegido por derechos de autor. Esto incluye la retransmisión de música o videos creados por otras personas sin una licencia del propietario de los derechos de autor.
Excepción de dominio público
Si un libro, una canción, una película o una obra de arte es de dominio público, no está protegido por las leyes de propiedad intelectual (derechos de autor, marcas comerciales o patentes). Significa que se puede utilizar libremente sin autorización. Las representaciones de obras que son de dominio público siguen estando cubiertas por las leyes de derechos de autor.Como regla general, la mayoría de las obras ingresan en el dominio público debido a su antigüedad. A partir de 2019, esto incluye cualquier obra publicada en Estados Unidos antes de 1924 u obras publicadas antes de 1964 cuyos derechos de autor no se renovaron. El dominio público se aplica tanto a la notación musical como a la letra.[2]
Si está buscando una licencia para su iglesia, existen dos maneras en las que probablemente podrá hacerlo. La primera es vincularse a una organización de licencias. Hay varias empresas de licencias de uso común, entre ellas Christian Copyright Licensing International, Christian Copyright Solutions, Copyright Clearance Center y One License.[3] Estas son opciones generales que cubren cualquier canción que esté en su biblioteca. Las licencias básicas por lo general cubren las letras de las canciones, y hay opciones para licencias de transmisión.
Tenga en cuenta que los servicios de licencia tienen limitaciones y quizá no cubran todo lo que la iglesia desea incluir. Es importante formular preguntas y revisar los términos de su acuerdo de licencia para saber qué tipo de usos incluye su licencia.
La segunda manera de obtener la licencia es localizar al propietario de los derechos de autor y solicitar autorización, por escrito, para utilizar su material protegido por derechos de autor. Estos métodos le permitirán garantizar una licencia para su congregación y evitar las dificultades comunes a la hora de cumplir con las leyes de derechos de autor.
Mientras busca promover la causa de Dios por medio de su ministerio, estas directrices ayudarán a proteger la capacidad de su iglesia para disfrutar del don de la música. Si tiene más preguntas, le recomendamos que pida la orientación de un abogado local. Que Dios lo siga bendiciendo mientras utiliza sus dones para servirlo.
Referencias
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